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dimarts, 23 de desembre del 2008

El ginecòleg ha d'atendre tot el part si pot complicar-se

El ginecòleg ha d'atendre tot el part si pot complicar-se

L'Audiència Provincial de Navarra ha condemnat a la companyia d'assegurances de l'Administració per les lesions sofertes per un nen durant el part. La sentència aprecia mala praxi en l'actuació del ginecòleg, que no va atendre tot el procés, malgrat que hi podia haver complicacions.

Més informació en Castellà:

"La Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a la aseguradora de la Administración por las lesiones sufridas por un niño durante el parto. "
"El fallo aprecia mala praxis en la actuación del ginecólogo.El ginecólogo debe cubrir toda la asistencia a un parto cuando es previsible que puedan presentarse complicaciones.
Así se desprende de una sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra, que ha condenado a la Administración por las lesiones sufridas por un feto.
Según los hechos analizados por el tribunal, el parto fue programado por la sospecha de macrosomía, indicándose en el historial que el ingreso se provocaba "para finalizar la gestación por malos antecedentes obstétricos".
La expulsión fetal se complicó con una distocia de hombros que fue atendida por la matrona porque el ginecólogo no se encontraba en el quirófano.
La complicación produjo lesiones del plexo braquial. Los informes aportados por la defensa de la Administración aseguran que los profesionales que intervinieron actuaron "conforme a la lex artis", pues la distocia "es imprevisible y se presenta sin previo aviso y, además, un problema que habitualmente resuelven las matronas".
Los magistrados no comparten las apreciaciones del perito por las circunstancias especiales que caracterizan el caso, ya que "concurrían unos riesgos ciertos de que podían presentar determinadas complicaciones en el parto, lo que era perfectamente conocido y no surgió de manera imprevisible y sorpresiva".
Así lo acreditan los antecedentes obstétricos de la embarazada, que había tenido dos abortos espontáneos y se sospechaba la posibilidad de un feto macrosómico.
En atención a esta última circunstancia, los magistrados recuerdan que la macrosomía es un "factor que predispone la aparición de la distocia de hombros".
En consecuencia, la aparición de complicaciones en el parto "era previsible [...] y hacían absolutamente necesaria y razonable la presencia de un ginecólogo que atendiese el parto hasta su finalización, sin que pueda justificarse que una adecuada dilatación motivase la ausencia del médico y se continuase con la asistencia por la matrona".
La resolución judicial, facilitada por Aranzadi, no descarta la posibilidad de que la distocia de hombros pueda ser asistida por matronas en determinados casos, pero en éste era "necesaria la asistencia de especialista".
Medios posibles
Atendiendo a la doctrina del Tribunal Supremo, la Audiencia de Navarra recuerda que "la actividad debida por los médicos era la exigible a unos expertos profesionales obligados a aplicar energías, medios y conocimientos que, según el estado de la ciencia, estaban objetivamente a su alcance para el logro del fin".
Por tanto, "no se emplearon todos los medios necesarios que venían exigidos por las circunstancias concurrentes, lo que impidió que se tratara la distocia por el especialista".
La indemnización es de 100.000 euros para la menor y 30.000 para la madre en concepto de daños morales.
Límites profesionales
Las competencias de las matronas en los partos han sido objeto de pronunciamiento judicial en varias ocasiones. "
"El Tribunal Supremo aclaraba en una sentencia, en contra de lo recogido en un informe de la Organización Médica Colegial, que están capacitadas para la retirada del catéter (ver DM del 9-II-2007).
Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia declaraba que la matrona no puede realizar actos quirúrgicos (ver DM del 2-I-2007). "