Breu descripció


Vols informació?

El Metacercador d´Informació Sanitària


El Metabuscador

Loading

dilluns, 9 de novembre del 2009

Absolució d'un metge per agressió en legítima defensa










.

..
.
..
.
.
.
...
El Facultatiu li clava cops de Fonendoscopi!!

Un jutjat de Huelva ha absolt un metge que va lesionar a un pacient amb el fonendoscopi en una consulta.
La decisió aclareix que el malalt va arribar enfadat i alterat, i va acorralar al metge amb atacs verbals i intimidatoris, el que justificava la reacció del facultatiu.
.
.
El Jutjat Penal número 1 de Huelva ha declarat innocent a un metge que va agredir un pacient amb el fonendoscopi de manera accidental quan el malalt li intimidar verbalment.
El cop va causar al pacient una ferida al front que va requerir tres punts de sutura i set dies de cures.
.
Font: Diario Médico.
Informació en Castellà:
.
"Según los hechos probados, el enfermo acudió al servicio de urgencias de un centro de salud de Huelva a primera hora de la madrugada por dolor en el pecho y en la garganta.
.
Entró en la consulta del médico acusado quejándose del trato que había recibido de una facultativa del centro de urgencias al que había acudido en primer lugar.
.
El estado anímico que el paciente presentaba era de "enojo y alteración", según recoge el fallo.
.
El paciente era 33 años más joven y más alto que el médico, por lo que no es creíble que el golpe que éste dio en el mesa intimidara al enfermo.
.

Ante esta situación, el médico llamó a la calma a su paciente, pero no pudo impedir que éste se levantara de la silla y rodeara el lateral de la mesa hacia donde estaba el profesional, "quien al verle encima de sí y acorralado contra la pared se quitó el fonendoscopio que tenía al cuello por temor a ser agredido, golpeando al enfermo con el disco del aparato en la frente".
.
La veracidad de los hechos expuestos en el juicio fue confirmada por el celador y el enfermero del centro sanitario.
.

Reacción racional
La sentencia acepta las argumentaciones del abogado del Colegio de Médicos de Huelva, que amparaba la actuación del facultativo en su derecho a la legítima defensa, ya que "al ver que el paciente se le aproximaba en estado alterado, tuvo una racional sensación de peligro inminente, [...] teniendo una humana reacción defensiva de golpearle con lo único que tenía a mano, el fonendoscopio".
.
Además, el fallo aclara que el paciente era 33 años más joven que el facultativo y más alto, lo que refuerza la argumentación de la defensa.
.
Frente a la versión alegada por el médico, el paciente afirma que su conducta se limitó a dar voces altas y palabras, pero sin llegar a tener una conducta activa agresiva.

Otras opciones
La sentencia otorga más valor a los testimonios del celador y la enfermera, que desmienten la versión del paciente, "pues no es creíble, por no ser posible, que estando el médico en su consulta en vez de expulsar al paciente optase por pegarle sin razón alguna".
.
El otro argumento del enfermo agredido se fundamenta en que el facultativo llegó a golpear la mesa atemorizándole.
.
Sin embargo, los testigos aclaran que ni el paciente ni su acompañante mostraron ningún indicio de estar atemorizados.
.
Por último, la resolución judicial reconoce que el profesional sí dio un golpe en la mesa "en manifestación de que su paciencia fue colmada ante la conducta inadecuada e irrespetuosa de que hacía gala el paciente".

En consecuencia, el juzgado considera probado que el facultativo no actuó con dolo ni culpa, sino movido por el derecho a la legítima defensa, con lo cual queda absuelto de la acusación penal.
.
Intercambio de papeles
Lo común en los casos de agresiones en centros e instituciones sanitarias es que los jueces se encuentren ante la conducta agresiva de los pacientes y familiares.
.
La sentencia dictada por el juzgado penal de Huelva es atípica por cuanto analiza la reacción de un médico ante la posibilidad de convertirse en víctima de una agresión física o verbal.
.
El fallo del juzgado onubense demuestra que la tendencia de los tribunales es optar por la defensa de la profesión sanitaria. Cuando el médico es objeto de una agresión, los jueces aplican el delito el atentando contra autoridad pública, otorgando la protección que el Código Penal concede al personal al servicio de la Administración Pública.
.
En el supuesto de que, como en este caso, el profesional opte por defenderse ante el peligro inminente de ser agredido, el juez apela al derecho de legítima defensa, otorgando mayor valor a las declaraciones de los testigos que a las del médico agresor y el paciente agredido."
.
.