A més, és necessari que els els Serveis de Salut denunciïn aquestes conductes.
Article en Castellà:
Font: Ana Poveda Vicedecana del Colegio de Abogados de Alicante
Font: Ana Poveda Vicedecana del Colegio de Abogados de Alicante
"Con el título, Cuidado con los abogados en los servicios de urgencias, Carmen Fernández, nos pone sobre aviso sobre la captación de clientes entre los pacientes descontentos de los servicios hospitalarios, actividad éticamente cuestionable e imposible de evitar y termina expresando un deseo: que el Consejo de Colegios de Médicos y el Consejo General de la Abogacía analicen y acuerden los límites y el control de esta actividad.
"Por muy notorias que sean estas conductas para el personal sanitario, no son visibles para quienes no frecuentan los servicios de salud, por lo que deberán mediar las procedentes denuncias".
La captación de clientes en estas situaciones tiene fijados sus límites en el Estatuto General de la Abogacía Española, que la considera ilícita y prohibida.
El artículo 25 del estatuto, de obligada aplicación, prohíbe a los letrados ofrecer sus servicios profesionales, por sí mismo o mediante terceros, a las víctimas de un accidente o desgracia en el momento en que ellos o sus allegados carecen de plena y serena libertad para elegir un abogado, por encontrarse en un estado de sufrimiento personal en el que la capacidad de libre decisión se halla afectada.
Esta conducta, que vulnera la normativa sobre competencia desleal, está tipificada como infracción muy grave y se sanciona con inhabilitación para el ejercicio de la profesión por un período no inferior a tres meses y no superior a dos años.
"La cultura de la reclamación injustificada puede generar unas tensiones y una intranquilidad que repercute en todos nosotros, pues somos, potencialmente, pacientes y usuarios del sistema sanitario"
Sanciones disciplinarias
No se trata de una conducta cuestionable desde un punto de vista ético, sino de éticamente reprochable, como tal prevista en la norma legal que rige el comportamiento de los letrados y que dota de la cobertura jurídica necesaria para proceder contra quienes la infringen, mediante el procedimiento disciplinario colegial instruido por la Junta de Gobierno del colegio en cuya demarcación territorial se cometa la infracción.
Aunque los órganos colegiales puedan actuar de oficio si tuvieren conocimiento de cualquier actuación que pueda constituir infracción deontológica, las actividades de captación de clientes en el entorno hospitalario, por muy notorias que puedan ser para el personal sanitario, no se manifiestan de un modo visible para quienes no frecuentan los servicios de salud, por lo que deberán mediar las correspondientes denuncias ante el colegio de abogados.
Estas denuncias deberán identificar a los autores de dicha actividad de captación ilícita y, en la medida de lo posible, aportar pruebas u ofrecer medios de prueba que permitan corroborar los hechos.
La actual reforma legislativa de los colegios profesionales, pendiente de aprobación parlamentaria, pone especial énfasis en el servicio que las organizaciones colegiales han de prestar a los ciudadanos, y parte fundamental de ese enfoque es la erradicación de conductas de los profesionales que lesionen los derechos de los usuarios.
Como vicedecana del colegio de abogados de Alicante y miembro de su Junta de Gobierno puedo dar testimonio de cómo los órganos de gobierno de los Colegios de Abogados de la Comunidad Valenciana persiguen y sancionan, justa e implacablemente, las actuaciones de los letrados que perjudican los derechos de los clientes o atentan contra la función social de la abogacía.
El Colegio de Abogados de Alicante, con un criterio transparente de gestión y adelantándose en más de una década a lo que pronto será de obligado cumplimiento para todos los colegios, hace públicos todos los años en su memoria anual los datos en materia disciplinaria.
Existen los cauces para perseguir, sancionar y erradicar esa práctica reprobable que busca sacar partido económico del dolor de las personas.
Mi cercanía a los médicos, con los que profesionalmente me vengo relacionando desde hace más de veinte años y que me llevó en su día a ser miembro fundador de la Asociación Derecho y Sanidad de Alicante, me implica de un modo particular en el problema, no sólo compartiendo el sufrimiento de los profesionales sanitarios injustamente atacados sino también siendo muy consciente de que la cultura de la reclamación injustificada puede generar unas tensiones y una situación de intranquilidad que repercute en todos nosotros, pues todos somos, al menos potencialmente, pacientes y usuarios del sistema sanitario.
Está al alcance de todos, y muy especialmente de los gestores de la sanidad, denunciar este tipo de prácticas. Quienes por su posición en el sistema sanitario tengan conocimiento directo de los hechos deben comunicarlos a los colegios de abogados."
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