Idees clau de la sentència
1.- L'Audiència de Ciudad Real absol a un facultatiu del delicte d'omissió d´auxili. L'imputat no tenia consciència del desemparament ni de la gravetat de la situació.
2.- El succés va tenir una important repercussió social a Ciudad Real, on un jove va morir a les portes d'un hospital sense arribar a ser atès pel metge d'urgències d'aquest centre, perquè aquest va rebutjar abandonar el seu lloc i acudir en auxili del malalt.
3.- Els pares del mort es van querellar contra el facultatiu i consideraven que havia estat una omissió del deure d´auxili. La sentència, que absol al metge, ha estat pronunciada per l'Audiència Provincial de Ciudad Real, en un judici amb jurat popular.
4.- Per delicte d'omissió cal que existeixi una conducta dolosa, és a dir, que el facultatiu tingués coneixement de la gravetat del pacient
2.- El succés va tenir una important repercussió social a Ciudad Real, on un jove va morir a les portes d'un hospital sense arribar a ser atès pel metge d'urgències d'aquest centre, perquè aquest va rebutjar abandonar el seu lloc i acudir en auxili del malalt.
3.- Els pares del mort es van querellar contra el facultatiu i consideraven que havia estat una omissió del deure d´auxili. La sentència, que absol al metge, ha estat pronunciada per l'Audiència Provincial de Ciudad Real, en un judici amb jurat popular.
4.- Per delicte d'omissió cal que existeixi una conducta dolosa, és a dir, que el facultatiu tingués coneixement de la gravetat del pacient
Més informació en Castellà
El fallo es firme y
reconoce que el acusado "no realizó una negativa expresa a llevar a cabo la
asistencia sanitaria que se le pedía porque [...] ofreció la alternativa de
llamar al 112, urgencias extrahospitalarias".
La Policía Local y la
Guardia Civil se personaron en el juicio como testigos porque fueron ellos
quienes encontraron al joven en estado de parada cardiorrespiratoria, y también
los que acudieron al hospital más cercano reclamando la atención de urgencias.
Sin embargo, la actuación de estos cuerpos de seguridad adoleció de una falta de
coordinación, según recoge el fallo, que fue, en último término, lo que explica
que desde que la Guardia Civil acudió a la llamada de la compañera del
fallecido, alertando de la situación de su pareja, hasta que llegó la ambulancia
transcurriera más de una hora.
La sentencia deja
claro que el médico tuvo una actitud de colaboración y no se negó a ayudar. Es
decir, no se "ha enervado el principio de presunción de inocencia que asiste al
acusado".
Pregunta
básica
La cuestión legal que subyace en esta resolución, y en la que la sentencia no entra por ser un juicio con jurado popular, es si el médico debía o no abandonar su puesto en la urgencia hospitalaria y acudir a atender al joven.
La cuestión legal que subyace en esta resolución, y en la que la sentencia no entra por ser un juicio con jurado popular, es si el médico debía o no abandonar su puesto en la urgencia hospitalaria y acudir a atender al joven.
La parte demandada, aclara que "entre las obligaciones del médico
de urgencias no está la de atender una emergencia extrahospitalaria", pues así
lo recoge el Real Decreto 866/2001, que establece las funciones en urgencias de
un hospital. Sin embargo, la norma admite matices, "pues es preciso para la
comisión del delito que exista una conducta dolosa". Esto quiere decir que al
juzgar la omisión de socorro se tiene en cuenta "en qué medida el médico tiene
conciencia del desamparo y del peligro de la víctima".
En el caso juzgado,
"no hubo
conciencia del desamparo ni del peligro de la víctima, pues la única información
con la que contaba el facultativo era que el paciente estaba inconsciente y
estaba siendo atendido por agentes de las fuerzas y cuerpos de Seguridad del
Estado".
Medios de
actuación
Pero, ¿en el caso de que el médico hubiera acudido al auxilio del joven hubiera cambiado algo? Esta pregunta es "otra cuestión para determinar si la actuación está médicamente indicada" y, por tanto, si hay indicios de delito o no. Sobre esta cuestión, el letrado apunta que "fuera del servicio de urgencias el profesional requerido no cuenta con los medios materiales y de diagnóstico, a diferencia de lo que ocurre con los servicios de emergencia extrahospitalarios".
Pero, ¿en el caso de que el médico hubiera acudido al auxilio del joven hubiera cambiado algo? Esta pregunta es "otra cuestión para determinar si la actuación está médicamente indicada" y, por tanto, si hay indicios de delito o no. Sobre esta cuestión, el letrado apunta que "fuera del servicio de urgencias el profesional requerido no cuenta con los medios materiales y de diagnóstico, a diferencia de lo que ocurre con los servicios de emergencia extrahospitalarios".
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