Segons la sentència va existir un anormal funcionament dels serveis sanitaris públics
Notícia de la sentència en castellà:
El Juzgado Contencioso Administrativo número 4 de Barcelona ha condenado al Servei Català de la Salut (CatSalut) a indemnizar con 94.700 euros a la familia de un paciente psiquiátrico que se suicidó media hora después de recibir el alta hospitalaria, a pesar de que precisamente había ingresado en el centro por las lesiones que se produjo en un intento previo de morir.
El fallo considera probado que el paciente, con esquizofrenia paranoide y trastorno mixto de la personalidad diagnosticados, ingresó en un hospital a las 4.30 horas del 6 de julio de 2008, derivado desde el ambulatorio y después de las lesiones que le causó lanzarse contra un vehículo con la intención de matarse.
A pesar de que el hombre ya había estado ingresado en el mismo centro en 1998 y 2003, durante periodos comprendidos entre los quince y los veinte días, y por tanto el hospital disponía de su historial médico, el personal de guardia decidió darle el alta el mismo día que ingresó.
Ante la negativa de la familia a acudir a buscarlo porque no estaba de acuerdo con el alta, fue enviado en una ambulancia hasta el domicilio de sus padres, donde residía, y donde protagonizó una discusión con su padre que le provocó a éste lesiones que tuvieron que ser atendidas de urgencia, ya que le lanzó una banqueta.
De este modo, alrededor de media hora después de llegar al domicilio familiar, salió y se dirigió a una casa contigua, desde cuyo tejado se lanzó al vacío, muriendo en el acto, ha indicado el fallo, que considera probado que existió un "anormal funcionamiento de los servicios sanitarios públicos".
La demanda, interpuesta en diciembre de 2008 por la hermana y el padre del fallecido, fue rechazada en un primer momento por el CatSalut, al entender que la asistencia médica había sido correcta y se había ajusta a la praxis médica, si bien el fallo admite todavía la presentación de un recurso de apelación.
Davant això, que cal saber?
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